Dejando a un lado el debate secesionista/separatista/independentista o como se quiera denominar, traemos hoy a colación el esperado pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre la suspensión cautelar que han pedido el PP y Ciudadanos para que se celebrara el debate del próximo 9 de noviembre, en el seno del Parlamento catalán, la propuesta de resolución por la que se “desconectarán” del resto del país.
El propio Tribunal Constitucional demuestra su buen hacer con el siguiente pensamiento plasmado a continuación en lo ayer dictado:
“Este Tribunal ha destacado, como uno de los fundamentos del sistema democrático, que el Parlamento es la sede natural del debate político y que el eventual resultado del debate parlamentario es cuestión que no debe condicionar anticipadamente la viabilidad misma del debate”
Es decir, que sería cuando el Parlamento catalán se pronuncie, cuando el Tribunal decidirá si la Resolución adoptada se encuentra conforme a la Constitución, pero en este momento se decide no suspender la convocatoria de debate en ese seno, pero si admite a trámite el recurso presentado.
El propio Tribunal sigue con la exposición fundamentada de su motivación y que viene a decir que corresponde al Parlamento catalán velar para que la actuación planteada, “… se desarrolle en el marco de la Constitución… “, ya que “… son las asambleas parlamentarias, en su condición de poderes constituidos, las que en primer lugar deben velar porque sus decisiones se acomoden, en todo momento, a la Constitución”, teniendo como principio el deber de ” … fidelidad a la Constitución … “ de todos los poderes públicos que se han de configurar como “… soporte esencial del funcionamiento del Estado autonómico…” . No obstante el Tribunal Constitucional tiene en su mano el pronunciamiento que sea sobre cualquier cuestión, siguiendo los dictados de la Constitución española “…cuando así se le pida…”.
El próximo lunes empezaremos a presenciar las disquisiciones jurídicas de la cuestión y el recorrido que tenga la misma.