La falta de claridad en el hecho imponible de una ordenanza fiscal no se puede suplir con un informe del Secretario Municipal. Artículo muy recomendable.
En una extensa y razonada sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo dictada el pasado 19 de Julio de 2016, se aborda la interesante cuestión de la extensión del hecho imponible que genera una tasa municipal y las posibles fuentes de integración o subsanación cuando la Ordenanza fiscal se queda corta o lo da por sobreentendido.
Concretamente en esta reciente Sentencia La Sala se enfrenta decidir si se cumple el principio de legalidad y tipicidad del hecho imponible calificado de “servicios de guardería rural” a favor de las fincas rurales, y acomete una labor de indagación propia de espeleología jurídica que resultará infructuosa. Como nos recuerda la prensa :” La figura de los guardas rurales fue creada por el rey Fernando VI, que dictó una ordenanza en la que nombraba a los guardas de campo y montes, que eran los encargados de denunciar, por ejemplo, a los taladores que…
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