3. Reformas en materia de procedimiento sancionador.
3.1.- Generalidades.
Como ya se ha dicho anteriormente, el procedimiento sancionador se regula a lo largo de toda la ley. La mayoría de la doctrina, por no decir de forma casi unánime, tilda este hecho como un retroceso, ya que antes quedaba meridianamente claro el título en el que se recogía el procedimiento, y el profesional del derecho encontraba en ese lugar y en la normativa reglamentaria desarrollada “ex profeso” los aspectos que eran necesarios para operar jurídicamente en cada momento.
De todas formas, aquellas personas que se enfrenten a esta nueva regulación y que consigan la destreza suficiente en el manejo de este tema, pronto se harán con el mecanismo de su actuación. El tiempo y sólo el nos dará o quitará la razón.
Finalmente indicar que sólo vamos a centrarnos en aquellas materias que han sufrido modificación, ya que no se pretende desbrozar el procedimiento sancionador que durante 24 años ha sido objeto tanto de un intenso estudio doctrinal y jurisprudencial como de puesta en práctica, por lo que reiterar conceptos que permanecen de una forma sustancialmente igual en ambas legislaciones no parece adecuado en este momento.
… (Continuará) …