Más sobre el correo electrónico como medio no sólo de comunicación entre funcionarios, sino como futuro elemento probatorio …
El correo corporativo, esto es, las cuentas de correo electrónico bajo el nombre y suministro de la empresa, en el caso de las administraciones públicas va creciendo día a día. Creciendo en su implantación y creciendo en su control.
Muchos de los que trabajamos bajo la carpa pública mantenemos dos cuentas de correo electrónico, una de la administración o ente público para el que trabajamos y otro personal. Sin embargo, es inevitable el uso cruzado de ambas cuentas y como se trata de “correspondencia” cae bajo la protección constitucional de su confidencialidad (art.18.3 CE).
A ello se añade el dato de que el correo corporativo frecuentemente incluye referencias propias de los expedientes administrativos : consultas, opiniones, comentarios sobre normas o ciudadanos, etc. Y aunque son comunicaciones «sobre» expedientes no forman parte ni están «en» el expediente. Así, correos electrónicos de los funcionarios (corporativos o personales) pueden albergar datos relevantes capaces…
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