Cuando el procedimiento sancionador “cede el paso” al procedimiento penal.
Suele denominarse “pena de banquillo” al castigo anticipado en cuanto a imagen y zozobra que supone para el investigado penalmente el tener que sufrir la pendencia y duración del procedimiento de instrucción.
Dado que las actuaciones penales se prolongan excesivamente en el tiempo y la opinión pública no aplica la presunción de inocencia, la sombra de la duda se convierte en un nubarrón en el investigado. O sea, se dice que mientras está en el banquillo sufre una pena adicional, y aunque posteriormente se archive, la mancha difícilmente se borra.
Pues bien, existe un supuesto paralelo en la órbita administrativa, y que calificaría gráficamente de “pena de taburete” y que se referiría al gravamen que sufre el expedientado en vía administrativa, no ya cuando sufre la prolongación de las actuaciones del expediente sancionador ( debidas al juego de garantías y prueba) sino cuando el procedimiento administrativo sancionador queda en el…
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