Me quedo patidifuso ante la noticia de la reciente sentencia de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que según informa el Consejo General del Poder Judicial
Ha dado la razón a una mujer que solicitaba la anulación del ejercicio/ examen de la fase de oposición correspondiente al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de diplomado sanitario/ enfermera del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, que realizó el día 4 de octubre del 2014, por haber sido obligada a acudir a la prueba pese a que esa misma mañana estaba ingresada en el hospital a la puertas de dar a luz, bajo los efectos de oxitocina y sueros, con ocho centímetros de dilatación y monotorización fetal interna, al tiempo que se le había administrado ya anestesia epidural.
No doy crédito a lo que leo…
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