ABSTRACT. Este post trata sobre el ámbito objetivo de la Ley de Crédito Inmobiliario. Partiendo del análisis de la exclusión de los préstamos a empleados de banca, concurriendo los requisitos legales se analizan los préstamos mixtos, en los que una de las personas físicas es empleada de banca y otra no. Se apuntan también algunas cuestiones relativas al fiador, hipotecante no deudor, pignorante y cónyuge o pareja de hecho prestador del consentimiento. No deja de ser por ello un post y no tiene más valor que el de una mera opinión de su autor exenta, por consiguiente, del rigor que debe tener todo trabajo doctrinal. Si sirve a alguien de ayuda o si alguien más autorizado quiere rebatir lo que en él se dice, estaré gustoso de recibir cualquier crítica.
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