El pasado 26 de octubre, el Tribunal Constitucional declara la insconstitucionalidad de la forma de calcular la base imponible de la Plusvalía. El Impuestos sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), popularmente conocido como «plusvalía municipal», por razones históricas, se devenga con las transmisiones de inmuebles de naturaleza urbana, tanto entre vivos como mortis causa. Siendo intranscendente que medie precio entre ellas o no. La Plusvalía es uno de los impuestos que nutre y financia las arcas de los Ayuntamientos.
La Plusvalía lleva años siendo cuestionada. Han sido varios los pronunciamientos del Tribunal Supremo -no del Tribunal Constitucional-, los que han recaído, de forma reiterada, cuestionando el meritado impuesto. Por eso, en los últimos años, había de todo menos «tranquilidad y seguridad» para el contribuyente.
En efecto, los notarios explicamos y advertimos a los otorgantes de actos traslativos que pueden constituir hecho imponible del…
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