Reflexiones de un interventor (Mención de honor "Blogs jurídicos de Oro 2021")
Aunque ya se ha escrito algo sobre este asunto concreto, no he querido dejar pasar la oportunidad de profundizar algo más analizando los posibles factores que pudieran alegarse para admitir o no a un ente público presentarse como licitador a un proceso de licitación pública.
En el ámbito de las compras públicas, con carácter general, lo que suele formalizarse es una relación bilateral (compromiso de voluntades) y de carácter oneroso entre una entidad perteneciente al sector público (ámbito subjetivo del art. 3 de la Ley 9/2017) y un operador económico del ámbito privado.
La influencia de la contratación pública en la actividad económica está fuera de toda duda, fundamentalmente por la importante e incesante demanda de bienes y servicios por parte de las distintas administraciones. La contratación pública, además, se erige como un instrumento fundamental para perseguir el cumplimiento de objetivos, tanto comunes (sociales, medioambientales etc.) como propios (asegurar la…
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