Comentarios sobre contratos administrativos y vivienda.
Hospital Universitario Marqués de Valdecilla. Pejac «Caricia».
En la confección de los pliegos de cláusulas de los contratos administrativos, la Administración debe establecer el presupuesto del contrato, detallando tanto la base imponible como el IVA procedente. Es aquí donde en ocasiones surge un error provocado por la utilización de un tipo incorrecto. Pero no solo la Administración comete errores, en otras ocasiones es el licitador quien utiliza un tipo impositivo incorrecto en su proposición económica.
Las anteriores son incorrecciones que se manifiestan durante la fase de licitación, pero también es posible que durante la ejecución del contrato se detecte que el tipo de IVA utilizado en la facturación es incorrecto.
Veamos las distintas hipótesis.
Primera hipótesis. Error del licitador en la cuota de IVA aplicable o error en el tipo de IVA aplicable.
Lo primero que debemos tener en cuenta es que el importe del IVA no ha de tenerse…
Ver la entrada original 666 palabras más